Cargando contenido, por favor espere...
  • Medidas de apoyo en la gestión bancaria para personas mayores, vulnerables o con discapacidad

    árboles cabecera medidas de apoyo Globalcaja

En Globalcaja trabajamos para que todas las personas puedan acceder a los servicios financieros en condiciones de seguridad, transparencia y accesibilidad, especialmente aquellas que, por razón de edad, discapacidad o situación de vulnerabilidad, puedan necesitar apoyo para gestionar sus asuntos financieros.

La Ley 8/2021, de 2 de junio, reformó el sistema jurídico español para adaptarlo a la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad. Esta norma reconoce que todas las personas tienen capacidad jurídica y que, cuando sea necesario, pueden contar con medidas de apoyo para ejercerla.

Estas medidas permiten que una persona pueda recibir ayuda para tomar decisiones o realizar gestiones, siempre respetando su voluntad, preferencias y autonomía.

 

Tipos de medidas de apoyo

Actualmente existen distintos mecanismos que pueden facilitar la gestión de asuntos personales, patrimoniales o financieros.

Medidas voluntarias

Son aquellas que la propia persona decide establecer para organizar quién le prestará apoyo si en algún momento lo necesita. Entre ellas destacan:

  • Poderes o mandatos preventivos, mediante los cuales se designa a una persona de confianza para actuar en el futuro.

  • Autocuratela, que permite indicar quién se desea que ejerza la función de curador si fuera necesario.

Medidas judiciales

Cuando es necesario, la autoridad judicial puede establecer medidas de apoyo mediante resolución judicial. Entre ellas se encuentran:

  • La curatela, que puede tener carácter asistencial o representativa.

  • El defensor judicial, que actúa de forma puntual cuando se requiere un apoyo concreto, cuando existe conflicto de intereses o cuando la persona que normalmente presta apoyo no puede hacerlo en ese momento.

Medida informal: Guarda de hecho

La ley también reconoce la figura del guardador de hecho, que suele ser un familiar o persona cercana que ayuda de forma habitual a una persona mayor, vulnerable o con discapacidad en determinados aspectos de su vida cotidiana (cuidados personales y/o de salud, trámites administrativos o gestión económica) sin necesidad de una resolución judicial.

 

Documentación y guías disponibles

Para facilitar la correcta aplicación de estas medidas en el ámbito bancario, las asociaciones bancarias del sector, junto con la Fiscalía General del Estado y con la coordinación del Banco de España, han elaborado los siguientes documentos de referencia.

 

¿Necesitas más información?

Con el objetivo de ofrecer la máxima seguridad jurídica y acompañamiento en este tipo de situaciones, ponemos a vuestra disposición un canal directo con nuestra Asesoría Jurídica, a través del cual podréis plantear cualquier consulta o duda relacionada con la acreditación de la guarda de hecho o de otra medida de apoyo, la documentación necesaria o la operativa bancaria aplicable en estos casos. 

Para ello, podéis dirigir vuestras consultas al siguiente correo electrónico: asesoriajuridica@globalcaja.es 

Nuestro equipo analizará cada situación y facilitará, en su caso, la orientación necesaria para garantizar que las actuaciones se realicen con pleno respecto a la normativa vigente y a los derechos de la persona apoyada.

Asimismo, podéis consultar la información publicada por el Banco de España sobre la actuación por el Banco de España sobre la actuación de las entidades financieras cuando existan medias de apoyo en la operativa bancaria: https://www.bde.es/wbe/es/punto-informacion/ciudadania/medidas-de-apoyo-a-personas-con-discapacidad-en-la-operativa-bancaria-416c86fa47e8c91.html